CREACIÓN
Se aprobó por unanimidad en el Pleno del Ayuntamiento el 31 de enero de 1997 tanto la creación del Consejo como su reglamento. Posteriormente el reglamento fue modificado el 2 de febrero de 1998.
COMPOSICIÓN
- Presidencia: La presidencia recaerá sobre el alcalde o alcaldesa o la persona en quien delegue
- Representantes de cada grupo político municipal, siguiendo el criterio de representación proporcional
- Representantes de aquellas ONGD y asociaciones de solidaridad, designadas por la alcaldía-presidencia a propuesta por la Comisión de Sanidad, Servicios Sociales y Consumo, que tengan sede o delegación permanente en la región, que cumplan con los criterios aprobados en el plenario del 16-12-96 en orden de la concesión de subvenciones, y que estén constituidas e inscritas formalmente con anterioridad, al menos de un ejercicio económico a aquel en el que se constituye el Consejo, reflejando en sus estatutos que entre sus finalidades se encuentra la realización de actividades y proyectos relativos a la cooperación, la solidaridad y el desarrollo de otros países.
- Secretaría: El Ayuntamiento adscribirá una persona como mínimo al Consejo que actuará como secretario o secretaria, sin voto.
ONGD Y ASOCIACIONES
- Manos Unidas
- Instituto para la Paz y la Cooperación
- Asociación Asturiana de amigos del pueblo saharaui
- Soldepaz Pachakuti
- Asociación Paz y Solidaridad Asturias
- Arcoiris
- Asamblea de Cooperación por la Paz
- Asociación Hispano-cubana Paz y Amistad
- Solidaridad con Benin